Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
09-06-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120609-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

147
Demanda 645 de 2011

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 645 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Oliver Bermejo Igual, contra “Encuavalón 2009, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de aclaración de fecha 3 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fijar como hecho probado de la sentencia dictada en el presente procedimiento el siguiente:

«Don Oliver Bermejo Igual ha trabajado para “Encuavalón 2009, Sociedad Limitada”, con una antigüedad de fecha 2 de septiembre de 2009, y un salario de 1.500 euros mensuales con prorrata de pagas. “Encuavalón 2009, Sociedad Limitada”, ha dejado de satisfacer al trabajador la cantidad de 9.158,87 euros correspondientes al salario de los meses comprendidos entre el día 1 de octubre de 2010 y el día 13 de marzo de 2011, indemnización por despido y vacaciones generadas y no disfrutadas, según desglose que consta en demanda y que se da aquí íntegramente por reproducido».

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo saber que contra ella no cabe recurso alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encuavalón 2009, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 8 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.309/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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