Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
08-06-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120608-125

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

125
Demanda 1.299 de 2010

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.299 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Trinidad Vargas y don Miguel Ángel Morillo Acedo, contra la empresa “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En nombre del Rey ha dictado la siguiente

Sentencia número 188 de 2012

En Madrid, a 27 de marzo de 2012.—Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario seguidos a instancias de don Eduardo Trinidad Vargas, con documento nacional de identidad número 20255882-N y don Miguel Ángel Morillo Acedo, con documento nacional de identidad número 20262470-E, asistido del letrado don Juan de la Lama Pérez, colegiado número 20.385, contra “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, que no comparece.

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por don Eduardo Trinidad Vargas y don Miguel Ángel Morillo Acedo contra la empresa “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, en reclamación de cantidad, y debo condenar a la empresa demandada a que abone a los demandantes la cantidad que se especifica para cada uno, así 2.900 euros al señor don Eduardo Trinidad Vargas y 6.612 euros al señor don Miguel Ángel Morillo Acedo; más el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/001299/10, el importe del principal y 300 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.191/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120608-125