Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120607-264
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.250 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Alejandro Martín-Francés Barberán, doña Francisca Domingo Colorado, doña Lucía Martín-Francés Domingo, don Antonio Fajardo Martín, don Cándido Herrero Díaz, don Francisco Javier Muñoz Jurado, don Carlos Pérez Ramírez y don Manuel Barragán Núñez, contra la empresa “Esmaltados Pinor, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo
Estimar la demanda interpuesta por don Miguel Alejandro Martín-Francés Barberán, doña Francisca Domingo Colorado, doña Lucía Martín-Francés Domingo, don Antonio Fajardo Martín, don Cándido Herrero Díaz, don Francisco Javier Muñoz Jurado, don Carlos Pérez Ramírez y don Manuel Barragán Núñez, contra “Esmaltados Pinor, Sociedad Limitada”, y la administradora concursal doña María Remedios Ortega Tortosa, condenando a “Esmaltados Pinor, Sociedad Limitada”, a abonar:
1.o A don Miguel Alejandro Martín-Francés Barberán: la cantidad de 31.757,98 euros, más el 10 por 100 de interés por mora respecto de la cantidad de 9.434,38 euros adeudada en concepto de salarios.
2.o A doña Francisca Domingo Colorado: la cantidad de 10.265,55 euros, más el 10 por 100 de interés por mora respecto de la cantidad de 2.423,04 euros adeudada en concepto de salarios.
3.o A doña Lucía Martín-Francés Domingo: la cantidad de 14.310,28 euros, más el 10 por 100 de interés por mora respecto de la cantidad de 3.228,65 euros adeudada en concepto de salarios.
4.o A don Antonio Fajardo Martín: la cantidad de 30.836,39 euros, más el 10 por 100 de interés por mora respecto de la cantidad de 5.578,79 euros adeudada en concepto de salarios.
5.o A don Cándido Herrero Díaz: la cantidad de 27.019,72 euros, más el 10 por 100 de interés por mora respecto de la cantidad de 4.562,92 euros adeudada en concepto de salarios.
6.o A don Francisco Javier Muñoz Jurado: la cantidad de 14.306,66 euros, más el 10 por 100 de interés por mora respecto de la cantidad de 3.845,26 euros adeudada en concepto de salarios.
7.o A don Carlos Pérez Ramírez: la cantidad de 24.597,27 euros, más el 10 por 100 de interés por mora respecto de la cantidad de 4.359,92 euros adeudada en concepto de salarios.
8.o A don Manuel Barragán Núñez: la cantidad de 6.408,07 euros, más el 10 por 100 de interés por mora respecto de la cantidad de 2.949,94 euros adeudada en concepto de salarios.
Debo absolver y absuelvo a la administradora concursal doña María Remedios Ortega Tortosa y al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas de la primera instancia.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 25.000 pesetas (150,25 euros), ambos en la cuenta abierta a tal efecto en “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.
La presente resolución judicial la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, en nombre de Su Majestad el Rey.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Esmaltados Pinor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Móstoles, a 27 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
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