Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
07-06-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120607-231

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

231
Ejecución 207 de 2011

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 207 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Afiscar Marketing, Sociedad Limitada”, contra don Andrés Henao Flórez, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 20 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Tener por terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancias de “Afiscar Marketing, Sociedad Limitada”, frente a don Andrés Henao Flórez.

Póngase a disposición de la parte actora la cantidad de 196,21 euros, en concepto de resto del principal, una vez firme la presente resolución, librándose al efecto el oportuno mandamiento que deberá ser presentado al cobro en un plazo de tres meses, a contar desde el siguiente a su emisión, no excluyéndose los días inhábiles, pero si el día del vencimiento lo fuere, se entenderá que el mandamiento vence al día siguiente hábil, y que transcurrido un año a contar desde el presente requerimiento o desde la fecha de emisión del mandamiento sin que se proceda al cobro de la mencionada cantidad, se transferirá la misma a la cuenta de “Fondos provisionalmente abandonados” (artículos 12.2 y 14.1.2 del Real Decreto 467/2006, de 21 de abril).

Alzar los embargos trabados en las actuaciones, a cuyo fin de librarán los oportunos oficios a la Agencia Tributaria y a “ING Direct”, “Caja de Madrid” y “Caixa Catalunya”.

Hágase saber a las partes que en el plazo de cinco días, desde la notificación de la presente resolución, se practicará tasación de costas que obren en las actuaciones a dicha fecha, así como liquidación de intereses, debiendo, en su caso, aportar minuta de honorarios y liquidación de intereses, para su inclusión, advirtiendo a las partes que practicada por la secretaria de este Juzgado la tasación de costas no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando al interesado su derecho para reclamarla si le conviniere de quién y como corresponda.

Notifíquese la presente resolución, dejando testimonio de la misma en las actuaciones y firme que sea, archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Andrés Henao Flórez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.

En Madrid, a 3 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.134/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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