Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120607-152
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 216 de 2011 y ejecución acumulada número 217 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laurentina Tomé García y doña Silvia Barrios Jiménez, contra la empresa “MP Gabinete Radiológico, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
Auto dictado en la ejecución número 216 de 2011:
Magistrada-juez de lo social, doña María Romero-Valdespino Jiménez.—En Madrid, a 21 de septiembre de 2011.
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación de fecha 1 de julio de 2011 a favor de la parte ejecutante doña Laurentina Tomé García, frente a “MP Gabinete Radiológico, Sociedad Limitada”, por importe de 9.990,07 euros en concepto de principal y 1.000 euros en concepto de intereses y costas provisionales.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
Auto dictado en la ejecución número 217 de 2011:
Magistrada-juez de lo social, doña María Romero-Valdespino Jiménez.—En Madrid, a 21 de septiembre de 2011.
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación de fecha 1 de julio de 2011 a favor de la parte ejecutante doña Silvia Barrios Jiménez, frente a “MP Gabinete Radiológico, Sociedad Limitada”, por importe de 10.167,56 euros en concepto de principal y 1.000 euros en concepto de intereses y costas provisionales.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “MP Gabinete Radiológico, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 4 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/17.133/12)