Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
31-05-2012

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120531-102

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

102
Delegación firma

El alcalde-presidente, mediante decreto de Alcaldía 1946/2012, de 30 de abril de 2012, ha dictado la siguiente resolución, que literalmente transcrita dice:

A la vista de lo que al efecto dispone el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre la delegación de firma, que señala que los titulares de los órganos administrativos podrán en materia de su propia competencia delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, dentro de los límites señalados en el artículo 13.

Esta delegación no alterará la competencia del órgano delegante y para su validez no será necesaria su publicación.

En las resoluciones y actos que se firmen por delegación, se hará constar la autoridad de procedencia.

Por razones de agilidad y eficacia administrativa, se considera conveniente delegar en la concejala de Hacienda, doña Ana María Reboiro Muñoz, la firma de los certificados, que juntamente con el interventor general, se expidan para justificaciones de gastos u otras materias de tipo económico.

Por todo ello, y a la vista de las competencias que al efecto me otorga el artículo 21 de la Ley 7/1985, así como los artículos 41 y 43 del Real Decreto 2568/1986, anteriormente citados, y demás legislación de Régimen Local, y concordante, mediante el presente decreto, resuelvo:

Primero.—Delegar en la concejala-delegada de Hacienda, Desarrollo Económico, Empleo y Formación, la firma de los certificados, y su visto bueno, que se expidan por el interventor general, en materias económicas o de hacienda, correspondientes a su delegación, tales como las justificaciones de gastos y otros.

Segundo.—En las firmas que se efectúen por la concejala-delegada deberá constar ­expresamente este decreto de delegación, y su fecha, en el siguiente sentido:

“La concejala-delegada de Hacienda, PD del alcalde, decreto 1946/2012, de 30 de noviembre de 2012”.

Tercero.—Esta Alcaldía podrá, en cualquier momento, avocar para sí de nuevo la firma de los citados certificados en temas económicos.

Cuarto.—Disponer la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la página web y en los tablones de anuncios municipales, y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

Rivas-Vaciamadrid, a 10 de mayo de 2012.—El alcalde-presidente, José Masa Díaz.

(03/17.581/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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