Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
26-05-2012

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120526-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

OTROS ANUNCIOS

33
Expediente ejecución subsidiaria

Al desconocerse el domicilio de los interesados y de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión de 24 de abril de 2012, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

1. Incoar expediente de ejecución subsidiaria a costa de los obligados para la demolición de las obras ejecutadas sin licencia u orden de ejecución, consistente en ejecución de vivienda unifamiliar en calle Cigüeña, margen derecho, sentido ascendente, identificada con el número 2 C-5, al no haber cumplido la orden de demolición adoptada por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 19 de diciembre de 2011, en el expediente PDPLU 5/2011, PRP 2011/3523, según informe del arquitecto técnico municipal de 10 de abril de 2011.

2. Conceder a los interesados doña Beatriz Gutiérrez Garrote, don Enrique Hernández Sánchez Herrera, don Miguel Irurozqui Valdés, don Antonio Jiménez Jiménez, don Antonio Lobo de la Fuente, don Víctor Paulovich Voronkov, doña Lidia Bejan Sundín y don Seghei Stanciu un plazo de audiencia de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de notificación del presente acuerdo para que puedan aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes.

3. Comunicar el presente acuerdo a los servicios técnicos municipales a los efectos oportunos.

4. Dar cuenta de la presente resolución a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

5. Notificar el presente acuerdo a cada uno de los interesados con advertencia de los recursos que contra él puedan interponerse.

6. Facultar a la alcaldesa-presidenta para la firma de cuantos documentos sean necesarios y para la ejecución del presente acuerdo.

La presente resolución es un acto de trámite contra el que no procede recurso alguno, a menos que entienda que le produce indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, en cuyo caso podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo contencioso-administrativo, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente notificación, pudiendo interponer con carácter previo el potestativo recurso de reposición ante la Alcaldía, dentro del plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de esta comunicación.

San Martín de la Vega, a 30 de abril de 2012.— La alcaldesa-presidenta, María del Carmen Guijorro Belinchón.

(02/3.878/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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