Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
25-05-2012

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120525-234

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

NOTARÍA DE DON VICENTE DE PRADA GUAITA

234
Anuncio subasta notarial

Yo, Vicente de Prada Guaita, notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, con residencia en la capital.

Hago saber: Que en mi notaría sita en Madrid (28036), paseo de La Habana, número 26, tercero, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana.—Finca número 8. Vivienda tercero, letra b, de la casa sita en Madrid, calle Arroyo de las Pilillas, número 23, que es la casa número 152 del proyecto de ordenación del sector de Moratalaz, Unidad Vecinal “C”, con una superficie de 80,47 metros cuadrados y una superficie útil de 65,53 metros cuadrados, distribuidos en cuatro dormitorios, comedor-estar, cocina, solana, aseo y terraza-lavadero, y una cuota en los elementos comunes del 10,465 por 100.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 8 de Madrid, en el libro 483, de la sección segunda de Vicálvaro, folio 160, finca número 22.656, inscripción cuarta.

Procediendo la subasta de la finca se anunció esta, conforme a la anterior redacción del artículo 236.g) del Reglamento Hipotecario. Modificado dicho precepto por Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de Medidas Urgentes de Protección de Deudores Hipotecarios Sin Recursos, se suspendió la subasta para proceder a anunciarla conforme a la nueva legislación vigente.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto mencionado y sujeto al mismo, se hace saber que se celebrará una única subasta que tendrá lugar en mi notaría el día 25 de junio de 2012, a las once horas, siendo el tipo base el de 307.750,72 euros.

La documentación y certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaría, de lunes a viernes, de diez a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la notaría o en entidad de crédito, una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo de salida, mediante cheque bancario a nombre del notario o justificante de su ingreso en la cuenta bancaria de provisión de fondos de la notaría. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

En Madrid, a 8 de mayo de 2012.—El notario, Vicente de Prada Guaita.

(02/4.026/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS

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