Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
22-05-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120522-207

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1

EDICTO

207
Ejecución 63 de 2012

Don Víctor Ballesteros Fernández Fernández, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 63 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancia de doña María Estela Martínez López, contra la empresa “Limpieza y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Fernando Lisbona Laguna.—En Cuenca, a 16 de abril de 2012.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante doña María Estela Martínez López, frente a “Limpieza y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—El magistrado-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado).

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Víctor Ballesteros Fernández.—En Cuenca, a 11 de abril de 2012.

Habiendo presentado la trabajadora doña María Estela Martínez López, exigiendo el cumplimiento por la empresa “Limpieza y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de títulos judiciales, de conformidad al artículo 280 de la Ley de la Jurisdicción Social, acuerdo:

Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y fijo el día 25 de mayo de 2012, a las nueve cuarenta y cinco horas, para la celebración de la comparecencia.

De no asistir a la trabajadora o persona que le represente se le tendrá por desistida en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia. Asimismo, acuerdo la citación de la demandada por medio de edictos.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a “Limpieza y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cuenca, a 11 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/14.815/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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