Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
10-05-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120510-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

116
Ejecución 89 de 2012

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 89 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ruth Maribel Arias Angulo, contra las empresas “60 & 40 Servicios Hosteleros, Sociedad Limitada”, “Restaurantes Lumar, Sociedad Limitada”, y “Marlú Restauración, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 20 de marzo de 2012, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Teresa Orellana Carrasco.—En Madrid, a 20 de marzo de 2012.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia firme número 41 de 2012, de fecha 30 de enero de 2012, a favor de la parte ejecutante doña Ruth Maribel Arias Angulo, frente a “60 & 40 Servicios Hosteleros, Sociedad Limitada”, “Restaurantes Lumar, Sociedad Limitada”, y “Marlú Restauración, Sociedad Limitada”, por importe de 1.410,54 euros en concepto de principal, más 141 euros de costas y 141 euros de intereses, calculados ambos conceptos provisionalmente.

Modo de impugnación: contra este auto cabe recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Decreto

Secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín.—En Madrid, a 20 de marzo de 2012.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restaurantes Lumar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.698/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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