Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
09-05-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120509-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

182
Ejecución 376 de 2010

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 376 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rebeca González Bandera, contra la empresa “Sansio, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 30 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Sansio, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 77.473,99 euros de principal, más 14.500 euros (correspondiendo a don Santiago Sainz Maza Guevar la cantidad de 50.700 euros y a doña Rebeca González Bandera la cantidad de 26.773,99 euros) en concepto de principal, más 15.494 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, remítase testimonio de esta resolución una vez firme al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Expídase testimonio de la sentencia, del auto despachando orden general de ejecución, del decreto de embargo y de la presente resolución, así como copia sellada de la demanda, que se entregará a la parte ejecutante para su presentación al Fondo de Garantía Salarial una vez firme este decreto.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación, haciéndose saber que deberá consignarse previamente a la interposición del recurso indicado el depósito de 25 euros, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” con el número 2708/ 0000/30/0608/10, entidad 0030, agencia 1143, sita en la calle Princesa, número 3, de Madrid, y que no se admitirá recurso alguno sin dicho depósito, debiendo acreditar el mismo con el escrito de interposición de recurso, siendo exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, quedando también exentos de dicho depósito el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, “Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sansio, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.654/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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