Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
28-04-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120428-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

96
Ejecución 118 de 2011

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 118 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Carrasco Sánchez Algaba, contra la empresa “Glenaulin, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Elena Burgos Herrera.—En Madrid, a 18 de octubre de 2011.

Parte dispositiva:

Se despacha la ejecución general y definitiva de la sentencia dictada en el presente proceso a favor de don Alejandro Carrasco Sánchez Algaba, contra “Glenaulin, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 2.222,93 euros de principal, más la de 133,37 euros de intereses y 222,29 euros de costas, calculados ambos concepto provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes (y en su caso a la representación legal de los trabajadores de la empresa deudora y Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso artículos 250 y 23 de la Ley de Procedimiento Laboral), haciéndoles saber que frente a esta resolución no cabe recurso alguno sin perjuicio de la oposición a la ejecución por parte del ejecutado la cual habrá de sustanciarse mediante la presentación de escrito en el que se deberán expresar todos los motivos de impugnación y que habrá de presentarse en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por este su auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Glenaulin, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.960/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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