Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
27-04-2012

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120427-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

105
Procedimiento ordinario 56 de 2008

En el procedimiento ordinario seguido en este órgano judicial con el número 56 de 2008, a instancias de don José Morata Ocaña, contra el Ayuntamiento de Madrid, en la sentencia número 2.228 de 2009, dictada en el recurso de apelación número 1.349 de 2009, por la Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se ha dictado el siguiente:

Fallo

Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso de apelación número 1.349 de 2009, interpuesto por el excelentísimo Ayuntamiento de Madrid, representado y asistido del letrado consistorial contra la sentencia número 89 de fecha 23 de marzo de 2008, dictado por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 20 de Madrid, en el procedimiento ordinario seguido ante el mismo con el número 56 de 2008, que se confirma.

Debemos anular y anulamos el 4.1.c) del Reglamento del Cuerpo de Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid (“BOGAN” de 16 de abril de 2007), y todo ello con expresa imposición de las costas causadas en esta alzada al apelante.

Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Y firme que sea la presente sentencia, únase certificación al rollo y con otra de la misma y la oportuna comunicación devuélvanse los autos originales al Juzgado de lo contencioso-administrativo de su procedencia para su debida ejecución y cumplimiento, y publíquese la parte dispositiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos previstos en el artículo 72.2, en relación con el 126.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Contra la anterior sentencia, cabe interponer recurso de casación, que deberá de prepararse ante este mismo órgano jurisdiccional, en el plazo de diez días, contados a partir de su notificación, y que se sustanciará ante la Sala de lo contencioso del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y al objeto de que sea publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido el presente.

En Madrid, a 18 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.363/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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