Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120410-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 2

EDICTO

92
Juicio verbal 74 de 2011

Don Alejandro Tofiño Padrino, secretario del Juzgado de primera instancia número 2 de Parla.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio verbal número 74 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

En Parla, a 8 de marzo de 2012.—Vistos por don Miguel López-Veraza Pérez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Parla y su partido, los presentes autos de juicio verbal, sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado bajo el número 74 de 2011, a instancias de “Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria-Caja de Ahorros y Monte de Piedad”, representada por el procurador don Félix González Pomares y asistida por el abogado don Ramiro Sánchez-Izquierdo Sánchez, contra don Israel Torres Iglesias, ha dictado sentencia en virtud del siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de “Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria-Caja de Ahorros y Monte de Piedad”, debo condenar y condeno a don Israel Torres Iglesias al pago de la cantidad de 1.971,49 euros, intereses pactados y costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que es firme y no cabe recurso.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez que la ha dictado estando celebrando audiencia pública durante el mismo día de su fecha, de lo que yo, el secretario, doy fe.

En Parla, a 13 de marzo de 2012.—El secretario (firmado).

(02/2.595/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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