Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120410-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

75
Juicio verbal 375 de 2007

Doña Isabel Lozano Bruna, secretaria del Juzgado de primera instancia número 34 de Madrid.

Hace saber: Que en dicho tribunal se tramita procedimiento de juicio verbal número 375 de 2007, a instancias de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, contra doña Emilia Sáez Cruz, en el que se ha dictado sentencia de fecha 14 de octubre de 2010, cuya parte dispositiva en su tenor literal dice:

Estimando la demanda formulada por la procuradora doña África Martín Rico, en nombre y representación de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, contra doña Emilia Sáez Cruz:

1. Declaro resuelto el contrato de suministro de gas existente entre las partes suscrito mediante la póliza número 734977.

2. Condeno a la parte demandada a estar y pasar por dicha declaración.

3. Establezco la obligación de la demandada de facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora (operación mecánica necesaria para resolver efectivamente el contrato). Si la demandada se opusiera, se librará mandamiento de entrada para que en el día y hora que al efecto se señale se constituya la comisión judicial en el mismo, asistida de la representación de la actora, a fin de que por personal técnico de la compañía se proceda a la privación del suministro, desmontando el contador.

4. Condeno a la parte demandada a abonar a “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, la cantidad de 1.827,56 euros en concepto de daños y perjuicios, más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda, con imposición a la parte demandada de las costas del procedimiento.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación conforme a los requisitos establecidos en los artículos 457, 458, 459 y 460 y concordantes de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Dado en Madrid, a 24 de noviembre de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/2.472/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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