Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
28-03-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120328-194

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

194
Demanda 1.402 de 2011

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.402 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Enrique Ramírez Ibarbo, contra la empresa “Jovisa Chorreos y Revestimientos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don Javier Enrique Ramírez Ibarbo, frente a “Jovisa Chorreos y Revestimientos, Sociedad Limitada”, sobre despido.

2. Sin perjuicio del criterio de su señoría el magistrado-juez, y citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 12 de marzo de 2012, a las once y treinta horas.

3. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda, sobre la comparecencia a juicio del demandante asistido de letrado.

Con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandada: que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado lo hará constar en la demanda.

A ambas partes: que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

Asimismo, se indicará a ambas partes: que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, con el número 2850, en la entidad bancaria “Banesto”.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 5 de marzo de 2012.

Habiendo resultado negativos los intentos de citación a la demandada “Jovisa Chorreos y Revestimientos, Sociedad Limitada”, se suspende el señalamiento para el día 12 de marzo de 2012, señalándose nuevamente para el día 4 de mayo de 2012, a las diez y cincuenta horas.

Visto el estado de las actuaciones y resultando que la parte demandada se encuentra en ignorado paradero, cítese a la misma, por medio de edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Todo ello de conformidad con los artículos 157.2 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se acuerda, asimismo, citar la Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, a fin de que comparezca ante este Juzgado para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalado para el día 4 de mayo de 2012, a las diez y cincuenta horas.

Modo de impugnarlo: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado y ante la secretaria judicial actuante, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por medio establecido al efecto, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Jovisa Chorreos y Revestimientos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 5 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.690/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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