Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120326-335

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN NÚMERO 3

EDICTO

335
Autos 364 de 2011

Doña Natividad Arregui Urízar, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Donostia-San Sebastián.

Hago saber: Que en autos de Seguridad Social-resto número 364 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña María Teresa Calleja Anglada, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Pmasa Reciclados, Sociedad Limitada”, sobre incapacidad permanente absoluta, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Natividad Arregui Urízar.—En Donostia-San Sebastián, a 4 de enero de 2012.

El anterior sobre devuelto por correos que tenía por objeto la notificación a la empresa demandada “Pmasa Reciclados, Sociedad Limitada”, de la sentencia dictada en el presente procedimiento, únase a los autos de su razón.

Únase, igualmente, el escrito presentado por la demandante. Se tiene por anunciado recurso de suplicación por doña María Teresa Calleja Anglada, parte demandante, contra la sentencia dictada el día 20 de diciembre de 2011 en este proceso.

Se advierte al letrado don Antonio Medina Torrano, designado por la parte recurrente, que quedan a su disposición los autos en la oficina judicial, en la forma dispuesta en el apartado 1 del artículo 48 de la Ley 36/2011, de la Jurisdicción Social, para que se haga cargo de ellos e interponga el recurso dentro de los diez días siguientes a que se notifique la puesta a disposición, este plazo de diez días correrá cualquiera que sea el momento en que se examinen o recojan los autos puestos a su disposición (artículo 195 de la Ley 36/2011, de la Jurisdicción Social).

De no efectuarse lo que antecede en tiempo y forma, se tendrá a la parte recurrente por desistida del recurso.

Se le advierte de que en su escrito de formalización debe señalar un domicilio en Bilbao, sede de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a los efectos previstos en el artículo 198 de la Ley 36/2011, de la Jurisdicción Social.

Asimismo, se le advierte de que debe presentar tantas copias del escrito de interposición cuantas sean las partes recurridas (artículo 196.1 de la Ley 36/2011, de la Jurisdicción Social).

En cuanto al sobre devuelto por correos, líbrese exhorto al Juzgado de paz de Las Rozas (Madrid) para que proceda a la notificación de la sentencia dictada a “Pmasa Reciclados, Sociedad Limitada”, y además a la de la presente resolución, habida cuenta de las dificultades que existen con la citada empresa en la comunicación por correo.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición ante la secretaria judicial, a presentar en la oficina judicial dentro de los tres días hábiles a su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 186 y 187 de la Ley de la Jurisdicción Social).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que, en consecuencia, la sentencia que se ha publicado para su notificación no es firme y de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o cuando se trate de emplazamientos.

Y para que le sirva de notificación a “Pmasa Reciclados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Donostia-San Sebastián, a 13 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.592/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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