Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
19-03-2012

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120319-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

OTROS ANUNCIOS

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Dimisión y designación presidente Tribunal Económico-Administrativo

De conformidad con las determinaciones de los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 43.2.d) del Reglamento de Organización Pública, en relación con la propuesta de la Alcaldía-Presidencia de 16 de febrero de 2012, se hace público que el Pleno, en sesión ordinaria de 23 de febrero de 2012, acordó aceptar la dimisión de don Pedro M. Herrera Molina, y por mayoría absoluta designó al presidente del Tribunal Económico-Administrativo, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Primero.—Aceptar la dimisión de don Pedro M. Herrera Molina, y en consecuencia, cesarlo en el cargo de presidente del Tribunal Económico-Administrativo de Pozuelo de Alarcón, agradeciéndole los servicios prestados con efectos desde el día de su petición.

Segundo.—Designar, con la duración y régimen del artículo 8 del Reglamento Orgánico del Tribunal Económico-Administrativo de Pozuelo de Alarcón, presidente del mismo a don Adolfo Fernández Maestre.

Desempeñará el cargo en régimen de asistencia efectiva en los términos previstos en el artículo 8.3 del Reglamento Orgánico del Tribunal Económico-Administrativo de Pozuelo de Alarcón, manteniendo vigente en lo que a este respecto se refiere el decreto de Alcaldía de fecha 23 de febrero de 2010, y percibiendo las retribuciones por su asistencia efectiva consignadas en el presupuesto general de la Corporación.

El ejercicio del cargo deberá efectuarse con las limitaciones en relación con el régimen de incompatibilidades del artículo 8.2 del Reglamento Orgánico del Tribunal Económico-Administrativo de Pozuelo de Alarcón y, en consecuencia, “implica la incompatibilidad con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, pública o privada, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia”.

Tercero.—Notificar a los interesados con advertencia de los recursos a interponer y publicar la parte dispositiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y disposiciones concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, puede interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Pleno, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su notificación o cualquier otro que estime procedente, indicándole que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.

Pozuelo de Alarcón, a 1 de marzo de 2012.—La secretaria general del Pleno [resolución de 16 de septiembre de 1999, “Boletín Oficial del Estado” número 232, de 28 de septiembre de 1999, disposición adicional decimoquinta a) de la Ley 57/2003 de 16 de diciembre], Elvira M. C. García García.

(03/8.352/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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