Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
16-03-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120316-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

151
Demanda 528 de 2011

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21, por sustitución, de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 528 de 2011, seguido a instancias de don Pablo Suárez Olea del Arco, contra las empresas “Definitoria, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Lenir Inversiones, Sociedad Limitada”, “Hoto Inversiones, Sociedad Limitada”, “Radio Cadena Libertad de Chinchón, Sociedad Limitada”, “Nueva Rumasa, Sociedad Limitada”, “Manzo Planificación y Gestión, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto

La secretaria judicial, doña María Avilés Navarro.—En Madrid, a 10 de febrero de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

Admitir a trámite la demanda presentada.

Señalar el día 18 de abril, a las diez y diez horas de su mañana para la celebración del acto de conciliación ante el secretario judicial, y, en su caso, del acto del juicio.

Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el secretario judicial, en el primer caso, y el juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.

Con respecto a la prueba, resolverá sobre su admisión su señoría el magistrado-juez en el acto de juicio oral, debiendo realizarse los despachos oportunos en su caso para su diligenciado.

Se requiere a la parte actora que en caso de querer comparecer representado de letrado, deberá otorgar poder apud acta en el Juzgado o poder notarial, antes de la fecha señalada para juicio.

Igualmente, en este acto se informa a todas las partes en el procedimiento, que los expedientes y pruebas documentales deberán aportarse completos y debidamente foliados al acto del juicio oral.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

Mediante consignación en la cuenta de consignaciones del Juzgado número 2519 de la entidad bancaria “Banesto” calle Princesa, número 2, de Madrid.

Mediante transferencia en dicha entidad, indicando el número de cuenta corriente 2519, número de procedimiento y persona que hace el ingreso.—La secretaria judicial.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Definitoria, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Lenir Inversiones, Sociedad Limitada”, “Hoto Inversiones, Sociedad Limitada”, “Radio Cadena Libertad de Chinchón, Sociedad Limitada”, “Nueva Rumasa, Sociedad Limitada”, “Manzo Planificación y Gestión, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 23 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.066/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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