Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
06-03-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120306-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

73
Juicio verbal 195 de 2008

Por la presente, y en virtud de lo acordado en el procedimiento de juicio verbal número 195 de 2008, sobre otras materias, seguido en este Juzgado por la comunidad de propietarios de la travesía de Felipe de Diego, número 23, contra herencia yacente de don Eduardo Delgado e Instituto de la Vivienda de Madrid, se le notifica sentencia de fecha 27 de julio de 2010 a la herencia yacente de don Eduardo Delgado, dado su ignorado paradero, cuyo parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda promovida por el procurador señor Aguilar España, en la representación acreditada en la causa de la comunidad de propietarios del portal número 3 de la travesía de Felipe de Diego, número 23, de Madrid.

Que debo condenar y condeno a la herencia yacente de don Eduardo Delgado López a que abone a la demandante la cantidad de 1.130 euros, más los intereses legales de esta cantidad desde la interposición de la demanda.

Que debo condenar y condeno al Instituto de la Vivienda de Madrid a estar y pasar por la anterior declaración.

Que debo absolver y absuelvo a don Eduardo Delgado Rodríguez, don Ángel Delgado Rodríguez y a doña Juana Delgado Rodríguez de los pedimentos de la demanda.

Todo ello sin expresa imposición en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado en el término de cinco días, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos principales y el original al libro de sentencias que se lleva en este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para consecuencia del ignorado paradero de la herencia yacente de don Eduardo Delgado se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 2 de marzo de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/1.356/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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