Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2012

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120221-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

95
Divorcio contencioso 1.200 de 2007

En el procedimiento de divorcio contencioso número 1.200 de 2007, sobre divorcio contencioso, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En villa de Móstoles, a 7 de julio de 2008.—El ilustrísimo señor don Ramón Badiola Díez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de los de la villa de Móstoles y su partido, habiendo visto los precedentes autos de divorcio seguidos con el número 1.200 de 2007, a instancias de doña Najima Dadi, contra don Mohamed Haouat.

Fallo

Que declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio contraído por los cónyuges litigantes doña Najima Dadi y don Mohamed Haouat, sin que se establezca expreso pronunciamiento en relación con la pensión de alimentos solicitada por la demandante, así como en lo relativo a las costas procesales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, y firme que sea comuníquese al Registro Civil Central, al objeto de proceder a la inscripción correspondiente.

Así por esta mi sentencia, de la que se extenderá certificación en los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—En la misma fecha yo, el secretario, doy fe de su publicación.

Lo anteriormente inserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito, y para que conste expido y firmo el presente en Móstoles, a 7 de julio de 2008.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado don Mohamed El Haouat se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación para su remisión al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Móstoles, a 21 de diciembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/1.032/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120221-95