Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120220-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

102
Demanda 33 de 2011

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 33 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paola Cristina Veliz Salazar, contra “Plomas de Ingeniería y Construcciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 1 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por doña Paola Cristina Veliz Salazar, en materia de ordinario, registrada con el número de proceso 33 de 2011, que se sustanciará conforme a lo establecido para este procedimiento.

2. Dar traslado, por plazo común de tres días, a todos los que sean parte en los procesos de cuya acumulación se trata, 30 de 2011 y 33 de 2011, a fin de que formulen las alegaciones que estimen convenientes acerca de la acumulación de oficio pretendida.

Hágase saber a las partes intervinientes que desde el 28 de abril de 2011 la nueva sede de este Juzgado es la sita en la calle Princesa, número 3, quinta planta, 28008 de Madrid.

Visto el contenido de la anterior diligencia, constando en fecha 17 de enero de 2012, en ignorado paradero la empresa demandada en el proceso número 30 de 2011 de este Juzgado notifíquese la presente resolución a la demandada “Plomas de Ingeniería y Construcciones, Sociedad Limitada”, dándole traslado de la demanda, mediante correo certificado con acuse de recibo, mediante el Servicio Común de Actos de Comunicación de Madrid y mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución, dándole traslado de la demanda, al Fondo de Garantía Salarial.

Requiérase a la parte actora para que aporte, si le consta, otros domicilios de la demandada “Plomas de Ingeniería y Construcciones, Sociedad Limitada”.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento (artículo 59.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Plomas de Ingeniería y Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.841/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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