Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
16-02-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120216-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64

EDICTO

89
Juicio verbal 2.594 de 2010

La secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 34 de los de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio verbal, seguidos bajo el número 2.594 de 2010, a instancias de doña Malika Ahmed Mohamed y doña Adnan Mazen Aldelrahman Abu Mazen, representadas por la procuradora doña María Rosario Gómez Lora, contra doña María Isabel Ramírez Medina, en el que se ha dictado, con fecha 2 de junio de 2011, resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 139 de 2011

En Madrid, a 2 de junio de 2011.—Vistos por el ilustrísimo señor don Mariano Zabala Alonso, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 2.594 de 2010, promovidos a instancias de doña Malika Ahmed Mohamed y doña Adnan Mazen Aldelrahman Abu Mazen, representas por la procuradora doña María Rosario Gómez Lora, y defendidos por la letrada doña María Luiz García Pérez, contra doña María Isabel Ramírez Medina, en situación de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña María del Rosario Gómez Lora, en nombre y representación de doña Malika Ahmed Mohamed y doña Adnan Mazen Aldelrahman Abu Mazen, contra doña María Isabel Ramírez Medina, debo condenar y condeno a dicha demanda a que abone a los actores la cantidad de 1.073,82 euros, más los intereses legales de dicho importe transcurrido un mes desde la entrega a la arrendadora demandada de las llaves de la vivienda objeto del arrendamiento y con expresa imposición a la misma demandada de las costas causadas en este proceso.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación, debiendo acreditar al prepararlo haber consignado en la cuenta de “Depósitos y Consignaciones” de este Juzgado (2661), clave 02, a favor del presente expediente, como depósito, la cantidad de 50 euros.

Diligencia.—En Madrid, a 2 de junio de 2011.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el día de la fecha es firmada y entregada a la oficina judicial por el ilustrísimo magistrado-juez que la suscribe la anterior sentencia, y que se pasa a dejar en autos certificación literal de la misma, llevando el original al libro de sentencias, procediendo seguidamente a su notificación a las partes.— Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Isabel Ramírez Medina, que se encuentraen ignorado paradero, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 3 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(02/815/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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