Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120215-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OURENSE NÚMERO 1

EDICTO

157
Autos 657 de 2011

En este Juzgado se tramitan los autos con el número 657 de 2011 a instancias de don José Luis Feijoo López, contra la empresa “Construcciones Inter-Techos y Tabiques, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se dictó por el ilustrísimo señor don Francisco Javier Blanco Mosquera, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de los de Ourense, sentencia de fecha 12 de enero de 2012 que en su parte dispositiva dice “Que estimando en parte la demanda formulada por don Jose Luis Feijoo López, contra las empresas “Aldesa Construcciones, Sociedad Anónima”, y “Construcciones Inter-Techos y Tabiques, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa “Construcciones Inter-Techos y Tabiques, Sociedad Limitada”, a que abone al actor la cantidad de 3.559,14 euros, más los intereses legales moratorios, con absolución de la demanda a la empresa “Aldesa Construcciones, Sociedad Anónima”.

Notifíquese esta sentencia a las partes y adviértaselas de que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de notificación, por conducto de este Juzgado de lo social.

Y con advertencia a la demandada de que en caso de recurso, deberá presentar ante este Juzgado de lo Social certificación acreditativa de haber ingresado en la cuenta de depósitos y consignaciones número 3223000065065711, abierta por este Juzgado de lo social en el banco “Banesto”, oficina principal, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista y asimismo certificación acreditativa de haber ingresado en la cuenta recurso de suplicación abierta por este Juzgado de lo social en el banco “Banesto”, oficina principal, el depósito especial de 300 euros.

Así, por esta mi sentencia definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que así conste y sirva de notificación de la anterior sentencia “Construcciones Inter-Techos y Tabiques, Sociedad Limitada”, que se halla en ignorado paradero, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, se expide el presente.

En Ourense, a 19 de enero de 2012.—La secretaria judicial, María Elsa Méndez Díaz.

(03/3.740/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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