Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120215-159

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 1

EDICTO

159
Ejecución 125 de 2011

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social numero 1 de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 125 de 2011, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña Myriam Troncoso Muñoz, doña Esperanza Hacha Dorado, doña Inmaculada Sánchez González y doña María José López Páez, contra “Castelo Shoes Ibérica, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 17 de enero de 2012 se ha dictado auto y decreto, cuyos encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

Auto

En Sevilla, a 17 de enero de 2012.

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima acuerda: Despachar ejecución a favor de doña Myriam Troncoso Muñoz, doña Esperanza Hacha Dorado, doña Inmaculada Sánchez González y doña María José López Páez, contra “Castelo Shoes Ibérica, Sociedad Limitada”, por la suma de 70.467,08 euros en concepto de principal, por las cantidades a que a sido condenada la demandada a abonar a las demandantes según el siguiente detalle:

a) A doña Myriam Troncoso Muñoz: en concepto de indemnización por despido 366,74 euros, más 12.322,8 euros en concepto de salarios.

b) A doña Esperanza Hacha Dorado: en concepto de indemnización por despido 366,74 euros, más 12.322,8 en concepto de salarios.

c) A doña Inmaculada Sánchez González: en concepto de indemnización por despido 366,74 euros, más 24.645,6 euros en concepto de salarios.

d) A doña María José López Páez: en concepto de indemnización por despido 366,74 euros, más 19.708,92 euros en concepto de salarios.

Más 14.093,42 euros calculados para intereses y costas y gastos.

Tramítese dicha ejecución con el número 125 de 2011, bajo el que se despachó la ejecución por la vía de incidente de no readmisión a favor de las expresadas demandantes, contra la indicada ejecutada, procediéndose a su reapertura.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento tercero de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Aurora Barrero Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla. Doy fe.—La secretaria (firmado).—La magistrada-juez (firmado).

Decreto

La secretaria judicial doña Rosa María Rodríguez Rodríguez.—En Sevilla, a 17 de enero de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma

Notifíquese esta resolución a la ejecutada, junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda personarse en la ejecución.

Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español de Crédito “Banesto” (entidad número 0030), sucursal en avenida de la Buhaira (oficina número 4325), sita en calle José Recuerda Rubio, número 4, de Sevilla, cuenta número 4020-0000-64-0125-11, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “31” y “Social-Revisión”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma, sin cuyos requisitos no se admitirá a tramite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla, y en “Observaciones” se consignarán, en un solo bloque y este separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos antes expresados de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código “31” y “Social-Revisión”.

Así lo acuerdo y firmo.—La secretaria judicial.

Y para que sirva de notificación en forma a “Castelo Shoes Ibérica, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate fíe emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla, a 17 de enero de 2012. Doy fe.—La secretaria (firmado).

(03/3.725/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120215-159