Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120215-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 62

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

66
Procedimiento ordinario 1.905 de 2008

En el procedimiento ordinario número 1.905 de 2008 se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 26 de octubre de 2011.—Doña Manuela Hernández Lloreda, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario con el número 1.905 de 2008, seguidos por la procuradora de los tribunales señora Quintero Sánchez, en nombre y representación de don Manuel Bravo Aparicio, doña María Consuelo Gutiérrez Ramón, don Pablo Valentín Bravo de Andrés, doña María Antonia de Andrés Rincón y doña María Antonia Bravo de Andrés, asistidos del letrado señor Jiménez Urzaiz, contra “Grupo Zuinda, Sociedad Limitada” y don Ángel Enciso Merino, en situación procesal de rebeldía, procede a dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora de los tribunales señora Quintero Sánchez, en nombre y representación de don Manuel Bravo Aparicio, doña María Consuelo Gutiérrez Ramón, don Pablo Valentín Bravo de Andrés, doña María Antonia de Andrés Rincón y doña María Antonia Bravo de Andrés, condeno a “Grupo Zuinda, Sociedad Limitada” y don Ángel Enciso Merino, en situación procesal de rebeldía, al pago solidario de la cantidad de 168.000 euros de principal, 10.635,33 euros por intereses vencidos, 6.722,44 euros por gastos de devolución, junto a los intereses pactados en los términos reclamados y las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Grupo Zuinda, Sociedad Limitada” y don Ángel Enciso Merino, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 26 de octubre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/525/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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