Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120209-162

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

162
Demanda 1.518 de 2010-M

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1, de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.518 de 2010-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alicia Carrillo Puch, doña Marina Martínez Romero, contra las empresas “Limpiezas Martín Hermanos, Sociedad Anónima”, Técnicas Aplicadas de Limpieza, Sociedad Anónima”, “Mantenimiento y Conservaciones Ibéricas, Sociedad Limitada”, “Consorzio ARS et Labor, Sociedad Limitada”, “Kluh Linaer España, Sociedad Limitada”, y “Eurolimp, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado lo siguiente:

Habiendo resultado negativas las citaciones a las codemandadas “Técnicas Aplicadas de Limpieza, Sociedad Anónima”, “Mantenimiento y Conservaciones Ibéricas, Sociedad Limitada” (“Maconsi, Sociedad Limitada”), y “Consorzio ARS et Labor, Sociedad Limitada”, se suspende el juicio señalado para el 30 de enero de 2012 señalándose nuevamente para el 22 de marzo de 2012, a las diez cuarenta y cinco horas.

Resultando que dichas codemandadas se encuentran en ignorado paradero, cítese a las mismas, por medio de edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado sin perjuicio de intentarse nuevamente la citación por correo certificado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Todo ello de conformidad con los artículos 157.2 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se acuerda, asimismo, citar al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que comparezca ante este Juzgado para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalado para el día 22 de marzo de 2012, a las diez cuarenta y cinco horas de su mañana.

En relación a la demandada “Limpiezas Martín Hermanos, Sociedad Anónima”, a la vista de la diligencia negativa de citación efectuada por el Servicio Común de Notificación de Madrid en la que manifiesta que se integró en la denominación de “Limpieza Abeto”, practíquese la notificación en la dirección que consta en la misma en el domicilio sito en calle Puerto de los Leones, número 2, planta primera, oficina 4, de Majadahonda.

Notifíquese a las partes sirviendo la presente notificación de citación.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y, si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse mediante consignación en la cuenta de consignación de este Juzgado con el número 2850 en la entidad bancaria “Banesto”.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Técnicas Aplicadas de Limpieza, Sociedad Anónima”, “Mantenimiento y Conservaciones Ibéricas, Sociedad Limitada”, y “Consorzio ARS et Labor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 19 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.743/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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