Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
02-02-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120202-172

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

172
Ejecución 28 de 2011

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 28 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de mutua “Asepeyo”, contra la empresa “Montajes Europlaca, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de intereses y costas de 2 de enero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial.—En Madrid, a 2 de enero de 2012.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y tasación de costas practicadas por importe de 639,26 euros, a cuyo pago resulta condenada “Montajes Europlaca, Sociedad Limitada”, en las presentes actuaciones.

Constando consignada la cantidad de 231,69 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, póngase la cantidad de 91,96 euros en concepto de pago de los intereses a mutua “Asepeyo”; la cantidad de 139,73 euros en concepto de pago de parte de la minuta a la letrada doña Esperanza Gonzalvo Cirac, expidiéndose mandamiento de devolución a su favor en tal concepto; una vez firme la presente resolución, haciéndole saber que el mandamiento que se libre caduca a los tres meses de su primera expedición y que tendrá que confirmar en los números de teléfono 914 438 339 y 341, y que, pasado un año desde la primera puesta a disposición sin haberse recogido, se ingresará su importe en la cuenta de fondos provisionalmente abandonados.

Resta la cantidad de 407,57 euros, en concepto de resto de minuta; a tal fin, requiérase a la mercantil “Montajes Europlaca, Sociedad Limitada”, para que en el plazo de cinco días ingrese dicha cantidad en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado; en caso contrario, se procederá por vía de apremio.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la 2524 del “Banesto”, debiendo indicar en el campo concepto la indicación “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso”, seguida del “código 31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.—El secretario judicial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Montajes Europlaca, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de enero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/1.490/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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