Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
28-01-2012

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120128-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

EDICTO

66
Juicio de faltas 211 de 2011

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 211 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltas seguido en este Juzgado bajo el número 211 de 2011, sobre lesiones y vejaciones, en virtud de denuncia, habiendo sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciantes-denunciados, doña Brunilda Viedma Cabrera, don Antonio Pérez Encinas y don Manuel Báez Feliz.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Manuel Báez Feliz, como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de multa de un mes, con cuotas diarias de 6 euros (180 euros), y al pago de las costas procesales si procediese su devengo por conceptos necesarios.

Que debo condenar y condeno a don Manuel Báez Feliz, como autor responsable de una falta de vejaciones, a la pena de multa de veinte días, con cuotas diarias de 6 euros (120 euros), y al pago de las costas procesales si procediese su devengo por conceptos necesarios.

Que debo absolver y absuelvo a doña Brunilda Viedma Cabrera y a don Antonio Pérez Encinas, contra los que el ministerio fiscal no formuló acusación, en relación a los hechos por los que fueron denunciados por don Manuel Báez Feliz.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—Rubricado ilegible.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Manuel Báez Feliz expido la presente en Madrid, a 25 de noviembre de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/1.143/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120128-66