Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120119-115

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Demanda 929 de 2010

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 929 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Moro Sáez, contra don Abel Antequera Cerro, sobre ordinario, se han dictado sentencia de fecha 8 de noviembre de 2011 y auto de fecha 19 de diciembre de 2011, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Sentencia número 436 de 2011

En Madrid, a 8 de noviembre de 2011.—Doña María Luisa Segura Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos seguidos por cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don José Moro Sáez, que compareció asistido de la letrada doña Vanesa Sánchez Rozas, con número de colegiada 86.757, y de otra, como demandados, don Abel Antequera Cerro y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron pese a estar citados en legal forma, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don José Moro Sáez, frente a don Abel Antequera Cerro, condeno al demandado a abonar la cantidad de 2.825,82 euros, cantidad sobre la que procederá aplicar el incremento del 10 por 100 en concepto anual por mora, ascendente a 423,87 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, siendo indispensable que el recurrente, si fuera la empresa demandada, consigne la cantidad de la condena más salarios de tramitación hasta la notificación de la sentencia en “Banesto”, en la calle Princesa, número 3, de Madrid, código entidad 0030, código oficina 1033, código de cuenta 2508, bajo el título de “Juzgado de lo social número 10”, número de procedimiento 929/10, debiendo presentar, junto con el escrito de anuncio el recurso, el resguardo de dicha consignación o aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, deberá depositar 150,25 euros al tiempo de la formalización del recurso en la cuenta corriente número 0030/1033/2508 del mismo banco, con el título de “Recurso de suplicación”, debiendo presentar dicho resguardo en este Juzgado con el escrito de formalización.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencia de este Juzgado de lo social, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Para dar cuenta a su señoría de que en escrito presentado por el demandante, solicita la práctica de determinados medios de prueba sobre lo que debe pronunciarse.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 19 de diciembre de 2011.

Parte dispositiva:

Testifical: ha lugar, y cítese al testigo solicitado por el demandado.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, para la interposición del recurso de reposición deberá consignarse la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2508 (código entidad 0030, código de procedimiento 30), exceptuados los trabajadores y beneficiarios de justicia gratuita.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Abel Antequera Cerro, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/564/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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