Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
12-01-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120112-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALAMEDA DEL VALLE

RÉGIMEN ECONÓMICO

43
Ordenanzas fiscales

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por el que se ordena la publicación en el tablón de anuncios de la entidad durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas a la aprobación provisional de las modificaciones de las ordenanzas fiscales relativas a la tasa por prestación del servicio de alcantarillado, tasa por celebración de matrimonio civil, tasa por expedición de documentos administrativos, tasa por licencias urbanísticas, tasa por ocupación de terrenos de uso público con materiales de construcción y escombros, con mesas y sillas y con puestos ambulantes de mercadillo, tasa por abastecimiento de agua, así como la creación de la ordenanza reguladora de la instalación de terrazas de mesas y veladores en suelo público municipal, aprobadas provisionalmente por el Pleno municipal de fecha 20 de diciembre de 2011.

En Alameda del Valle, a 23 de diciembre de 2011.—El alcalde, Mariano García Sanz.

(03/43.911/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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