Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
31-12-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111231-102

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

102
Ejecución 183 de 2011

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 183 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Pablo Sanz Romero, contra la empresa “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado decreto de despacho de ejecución y decreto de insolvencia siguientes:

Decreto

Secretaria judicial, doña Elisa Cordero Díez.—En Madrid, a 19 de julio de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo: En este procedimiento se ha dictado auto despachando ejecución a instancias de don Juan Pablo Sanz Romero, frente a “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, por las siguientes cantidades: 18.209,87 euros de principal, más otros 1.092,59 euros y 1.820,98 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.

Visto por el Juzgado de lo social número 39 de Madrid se ha dictado decreto de insolvencia de fecha 9 de marzo de 2011 respecto de la misma demandada “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, en el procedimiento seguido con el número de demanda 1.292 de 2009, ejecución número 84 de 2010, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Decreto

Secretario judicial, don Francisco Javier Mendoza Castellano.—En Madrid, a 11 de octubre de 2011.

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 18.209,87 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente contra la misma cabe interponer recurso directo de revisión, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se hace saber que para la interposición de recurso directo de revisión contra la presente resolución será precisa la consignación en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado número 2524 de la entidad “Banesto”, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.

Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas a las que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/42.136/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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