Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
30-12-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111230-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

114
Demanda 549 de 2011

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria de lo social del número 13 de Madrid.

Hago saber: Que por diligencia de ordenación dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Valentín Pecos Cabanollas, don Driss Ahadach, don Rachid Aghnima, don Mustapha Abourich y don Mohamed Moumouh, contra “Licencias y Procesos de Construcción, Sociedad Anónima”, y don Cristián Vidal Castañón, en reclamación por ordinario, registrado con el número 549 de 2011, se ha acordado citar a “Licencias y Procesos de Construcción, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 18 de diciembre de 2012, a las once horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 13, sito en la calle Princesa, número 3, tercera planta, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Licencias y Procesos de Construcción, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 12 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.646/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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