Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2011

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111227-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

126
Juicio verbal 2.053 de 2010

Don Miguel Ángel Ambrona Hernández, secretario del Juzgado de primera instancia número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en los autos de juicio verbal número 2.053 de 2010, seguidos en este Juzgado a instancias del procurador señor Perdiguero Martín, contra doña Anna Katarzyna Maksymowicz, propietaria del “Centro de Estética Depilfinsh”, doña Sara Cobo Martos y “Zúrich España, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Perdiguero Martín, en nombre y representación de doña Ruth Berrocoso Cano, debo condenar y condeno a doña Sara Cobo Martos, doña Anna Katarzyna Maksymowicz y “Zúrich España”, a que abonen a doña Ruth Berrocoso Cano, de forma conjunta y solidaria, la cantidad de 3.779,32 euros, con los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Todo ello con expresa condena en costas de los demandados.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación a preparar ante este Juzgado en el término de cinco días, que será sustanciado y resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. En el momento de la preparación del recurso de apelación la parte apelante deberá constituir un depósito por la cuantía de 50 euros, bajo advertencia de inadmisión.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias civiles que al efecto existe en la Secretaría de este Juzgado, quedando en las actuaciones testimonio de la misma.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el ilustrísimo señor magistrado-juez que la dictó celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada doña Anna Katarzyna Maksymowicz, propietaria del “Centro de Estética Depilfinsh”, se extiende el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que sirva de notificación en forma a la misma.

En Móstoles, a 15 de noviembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/10.199/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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