Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111227-297

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

297
Demanda 239 de 2011

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 239 de 2011-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Jiménez Pascual, contra Club Natación Ondarreta, sobre extinción, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimar las demandas de resolución de contrato de trabajo interpuestas por don Luis Jiménez Pascual y don David Mercado Velasco, contra Club Natación Ondarreta, declarando extinguido los dos contratos de trabajo celebrados entre las partes en la fecha de la presente resolución, condenando al demandado a que indemnice a:

A don Luis Jiménez Pascual en la cantidad de 19.575,1 euros.

A don David Mercado Velasco en la cantidad de 2.499,75 euros.

Estimar la demanda por despido improcedente interpuesta por don Luis Jiménez Pascual y don David Mercado Velasco, contra Club Natación Ondarreta, declarando improcedente el despido de los dos actores y en consecuencia condeno al demandado a que abone a:

A don Luis Jiménez Pascual, los salarios de tramitación desde la fecha de efectos del despido (17 de febrero de 2011) hasta la fecha de la presente resolución judicial (22 de julio de 2011), haciendo un total por tal concepto de 4.263,48 euros.

A don David Mercado Velasco, los salarios de tramitación desde la fecha de efectos del despido (17 de febrero de 2011), hasta la fecha de la presente resolución judicial (22 de julio de 2011), haciendo un total por tal concepto de 5.199,48 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso; y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 25.000 pesetas (150,25 euros), ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Club Natación Ondarreta, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 24 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.784/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111227-297