Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
24-12-2011

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111224-50

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SECRETARÍA DE GOBIERNO

EDICTO

50
Nombramiento de juez de paz sustituto de Cobeña

Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Quince.—Nombramiento de juez de paz sutituto de Cobeña.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Cobeña en la que se propone el nombramiento de don Francisco Javier Ortego González para el cargo de juez de paz titular, aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 29 de septiembre de 2011, aprobado por siete votos a favor, que representa la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de 6 de octubre de 1993, con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades, y observando que concurren en la electa las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: nombrar juez de paz sustituto de Cobeña a don Francisco Javier Ortego González .

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial; al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Torrejón de Ardoz, partido judicial al que pertenece; al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Cobeña; al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 7 de noviembre de 2011.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/41.195/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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