Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
20-12-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111220-170

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALBACETE NÚMERO 3

EDICTO

170
Ejecución 319 de 2011

Don Francisco Gómez Nova, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Albacete.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 319 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Roldán Arroyo, contra la empresa “RSC Comunicación & ST Simple Tecnología, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don José Ramón Solís García del Pozo.—En Albacete, a 17 de noviembre de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Carlos Roldán Arroyo, frente a la mercantil “RSC Comunicación & ST Simple Tecnología, Sociedad Limitada”, como parte ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndose respecto de la ejecutada “RSC Comunicación & ST Simple Tecnología, Sociedad Limitada”, por su ignorado paradero, mediante edicto a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndose constar que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—Siguen las firmas (rubricados).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que conste y sirva de notificación en legal forma a a la entidad ejecutada “RSC Comunicación & ST Simple Tecnología, Sociedad Limitada”, actualmente en ignorado paradero, expido y firmo el presente en Albacete, a 17 de noviembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/40.555/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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