Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
06-12-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111206-136

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 10

EDICTO

136
Procedimiento ordinario 1.133 de 2010

Doña Celia Martín Peñalver, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.133 de 2010, a instancias de la parte actora don Juan Miguel Cubero López, contra “Monte Carmelo Frío y Distribución, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de sentencia de fecha 18 de octubre de 2011 del tenor literal siguiente:

Sentencia número 373 de 2011

En Málaga, a 18 de octubre de 2011.—Vistos por su señoría ilustrísima doña María del Rosario Muñoz Enrique, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Málaga y su provincia, los presentes autos número 1.133 de 2010, seguidos a instancias de don Juan Miguel Cubero López, contra la empresa “Monte Carmelo Frío y Distribución, Sociedad Limitada”, y contra el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en nombre de Su Majestad el Rey dicta la siguiente sentencia:

Fallo

1.o Que estimando parcialmente la demanda sobre reclamación de cantidad formulada, debo condenar y condeno a la empresa demandada “Monte Carmelo Frío y Distribución, Sociedad Limitada”, a que abone a don Juan Miguel Cubero López la cantidad de 2.817,11 euros, de los que 2.596,12 euros corresponden al principal y 220,99 euros al interés por mora.

2.o Se condena, asimismo, al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por esta condena.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos y hágase saber a las partes que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución, mediante escrito o comparecencia ante el Juzgado, debiendo de consignar en metálico o mediante aval bancario, en el caso de que el recurrente no gozare del beneficio de justicia gratuita, en la entidad “Banesto”, cuenta número 1835/0000/65/1133/10, al anunciar el recurso el importe de la condena y la cantidad de 150,25 euros al tiempo de interponerlo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Monte Carmelo Frío y Distribución, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 24 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.929/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111206-136