Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
24-11-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111124-179

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

179
Ejecución 155 de 2011

Don Bartolomé Ventura Molina, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 155 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elsa Irene Acereda Sequeiro, don David Barrigüete Mendo y doña Raquel Rojo García, contra las empresas “Interligare, Sociedad Limitada”, “JMJ Complex System Lab, Sociedad Limitada”, y “Garbo SIC Group, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones de fechas 8 de septiembre de 2011 y 12 de septiembre de 2011, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Dispongo:

a) Despachar orden general de ejecución número 155 de 2011 del acta de conciliación extrajudicial de fecha 1 de marzo de 2011 a favor de la parte ejecutante, doña Elsa Irene Acereda Sequeiro, frente a “Interligare, Sociedad Limitada”, “JMJ Complex System Lab, Sociedad Limitada”, y “Garbo SIC Group, Sociedad Limitada”, responsables solidarias, por un principal de 20.945,99 euros, más 4.000 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.

b) Despachar orden general de ejecución número 155 de 2011 del acta de conciliación extrajudicial de fecha 1 de marzo de 2011 a favor de la parte ejecutante, don David Barrigüete Mendo, frente a “Interligare, Sociedad Limitada”, “JMJ Complex System Lab, Sociedad Limitada”, y “Garbo SIC Group, Sociedad Limitada”, responsables solidarias, por un principal de 27.141 euros, más 5.000 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.

c) Acumular la ejecución número 159 de 2011 a la ejecución número 155 de 2011 seguidas en este Juzgado contra la misma apremiada, resultando la cantidad total reclamada en la presente ejecución a 48.086,99 euros de principal, más 9.000 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

a) Despachar orden general de ejecución número 163 de 2011 del acta de conciliación extrajudicial de fecha 20 de enero de 2011 a favor de la parte ejecutante, doña Raquel Rojo García, frente a “Interligare, Sociedad Limitada”, “JMJ Complex System Lab, Sociedad Limitada”, y “Garbo SIC Group, Sociedad Limitada”, por un principal de 15.702,82 euros, más 3.000 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.

b) Acumular la ejecución número 163 de 2011 a la ejecución número 155 de 2011seguidas en este Juzgado contra la misma apremiada, resultando la cantidad total reclamada en la presente ejecución a 63.789,81 euros de principal, más 12.000 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “JMJ Complex System Lab, Sociedad Limitada”, y “Garbo SIC Group, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.486/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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