Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
01-11-2011

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111101-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR

OTROS ANUNCIOS

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Notificación abandono vehículo

Habiéndose intentado notificar al abajo indicado, y no habiéndose podido practicar la misma, y en base al apartado quinto del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, se procede a practicar la notificación mediante anuncios en el tablón de edictos del municipio de residencia y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La notificación es del siguiente tenor literal:

Teniendo en cuenta que don Aziz Ben Chagra, con número de identificación fiscal X-3562286-T, ha abandonado el vehículo M-7116-TD, “Opel” Vectra, en la vía pública con claros síntomas de abandono, declarándose como residuo por este Ayuntamiento.

Vista la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Decreto 245/2000, de 16 de diciembre, que regula el Procedimiento Sancionador de la Comunidad de Madrid.

a) Identificación de la persona presuntamente responsable: don Aziz Ben Chagra.

b) Los hechos que motivan la incoación del procedimiento sancionador: que ha abandonado el vehículo M-7116-TD, “Opel” Vectra, en la vía pública con claros síntomas de abandono, declarándose como residuo por este Ayuntamiento.

c) Calificación de los hechos: se califica como infracción grave a tenor del artículo 46.3.c) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, en relación con el artículo 3.b) de la citada Ley.

d) Sanciones posibles según el artículo 47.1.b).1 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos, con multa de 901 euros a 45.000 euros, proponiéndose una sanción de 901 euros.

e) Graduación/motivación de la sanción: se impone la sanción en su grado mínimo.

f) Instructor de procedimiento: don Faustiniano García Laseca, secretario general del Ayuntamiento.

g) Recusación del instructor: el sistema de abstención y recusación de los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

h) Órgano resolutorio: el alcalde-presidente del Ayuntamiento a tenor del artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y artículo 49.3 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos.

i) Medidas cautelares: no se toman.

j) Indicación de que el interesado tiene el plazo de quince días, desde el siguiente a la notificación del presente documento, para presentar las alegaciones que crea conveniente en defensa de su derecho, así como para audiencia al interesado.

k) Se advierte al interesado que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el procedimiento en el plazo previsto, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución.

l) Acumulación: no es necesario.

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en un fichero, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos de acuerdo con lo previsto en la Ley. El órgano responsable del fichero es el Ayuntamiento de El Molar, y la dirección es plaza Mayor, número 1, de El Molar, donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, y oposición ante el mismo, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Notificación.—Le notifico la anterior resolución, indicándole que la misma es un acto de trámite, no cabe recurso alguno, sin perjuicio de impugnar en su día la decisión que ponga fin al mismo. En El Molar, a 23 de septiembre de 2011.—El secretario, Faustiniano García Laseca.

En El Molar, a 3 de octubre de 2011.—El alcalde, Emilio de Frutos Sebastián.

(02/8.759/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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