Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
31-10-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111031-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

113
Ejecución 161 de 2011

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 161 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Ureta Santacreu, contra la empresa “Vantyx Iberia, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

La secretaria judicial, doña María Luisa Segura Rodríguez.—En Madrid, a 5 de octubre de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Citar a las partes de comparecencia a “Vantyx Iberia, Sociedad Limitada”, y a don José Antonio Ureta Santacreu, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa número 3, de Madrid, el día 14 de noviembre de 2011, a las nueve y veinte horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandada (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: contra la misma podrán interponer recurso directo de revisión ante este tribunal mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación (artículo 551.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). Advirtiéndose a las partes de que de conformidad al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Vantyx Iberia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.112/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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