Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
31-10-2011

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111031-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

71
Juicio verbal 1.114 de 2010

En el procedimiento de juicio verbal número 1.114 de 2010 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 41 de 2011

En Alcobendas, a 10 de febrero de 2011.—Doña Gemma Susana Fernández Díaz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas y su partido, ha visto los presentes autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado bajo el número 1.114 de 2010, entre partes: de una, y como demandante, la entidad “Caja de España de Inversiones-Caja de Ahorros y Monte de Piedad”, representada por la procuradora señora López García y asistida por la letrada señora Calderón Nagore, y de otra, y como demandado, don Luis Augusto Carvalho, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, con base en el siguiente

Fallo

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la entidad “Caja de España de Inversiones-Caja de Ahorros y Monte de Piedad”, representada por la procuradora señora López García, contra don Luis Augusto Carvalho, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al citado demandado a abonar a la actora la cantidad de 1.792,97 euros, más intereses por mora al tipo pactado desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el completo pago, y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación que habrá de prepararse en este Juzgado en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la forma prevista legalmente, bajo apercibimiento de inadmisión.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos quedando el original en el libro de sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la dictó constituida en audiencia pública en el día de la fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado don Luis Augusto Carvalho se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Alcobendas, a 22 de junio de 2011.—El secretario (firmado).

(02/8.916/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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