Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
31-10-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111031-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

110
Demanda 257 de 2011

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 257 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Santiago Antonio García López, contra la empresa “Autotransportes Aragoneses, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado diligencia de ordenación, cuyo contenido es del tenor siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 28 de septiembre de 2011.

La pongo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 27 de septiembre de 2011 ha tenido entrada en Delegación de Decanato el precedente escrito, y en este Juzgado en fecha 28 de septiembre de 2011, así como que los autos han sido devueltos, de lo que doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Montserrat Torrente Muñoz.—En Madrid, a 28 de septiembre de 2011.

Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto por la parte actora en su día contra la sentencia dictada en este proceso. Se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere, en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite. Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad Autónoma a los efectos previstos en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado al número 2507/0000/00, número de expediente y año, en el “Banesto”, calle Orense, número 19.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1846/42/0005001274, indicando el número de cuenta 2507/0000/00/expediente y año, y la persona o empresa que hace el ingreso.

Así lo ordeno y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Autotransportes Aragoneses, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.996/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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