Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
24-10-2011

Sección 1.3.30.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111024-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

INSTITUTO MADRILEÑO DEL DEPORTE (IMDER)

6
RESOLUCIÓN de 13 de octubre de 2011, del Director-Gerente, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los precios que regirán en las instalaciones del IMDER.

El Consejo de Administración del IMDER acordó, en su sesión celebrada el 21 de julio de 2008, la aprobación de los precios de los servicios que pueden prestarse en las instalaciones del organismo, que fueron publicados mediante Resolución de 18 de agosto de 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de agosto de 2008).

Asimismo, en sesión celebrada el 25 de octubre de 2010, el Consejo de Administración del IMDER acordó la modificación parcial del anterior acuerdo, publicada mediante Resolución de 29 de diciembre de 2010, del Director-Gerente del IMDER (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de enero de 2011).

Por la Consejería de Economía y Hacienda fueron informados favorablemente los indicados precios y su modificación, que siguen vigentes en la actualidad, conforme determina el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

En sesión celebrada el 13 de octubre de 2011, el Consejo de Administración del IMDER ha acordado la aprobación de la presente nueva modificación de los precios, que ha sido a su vez informada favorablemente por la Consejería de Economía y Hacienda.

En consecuencia, procede la publicación de dicha modificación conforme al artículo 25.2 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, por lo que se

RESUELVE

Primero

Publicación

Se acuerda la publicación de la modificación parcial de los precios a cobrar en las instalaciones gestionadas por el Organismo Autónomo Instituto Madrileño del Deporte (IMDER), por la utilización y uso de las mismas, conforme se detalla a continuación.

Segundo

Descuento especial

Se suprime el descuento especial del 50 por 100 para los usos que se realicen los viernes, publicado mediante Resolución de 29 de diciembre de 2010, del Director-Gerente del IMDER, que se viene aplicando a los precios establecidos en el apartado “2. Alquiler de instalaciones y espacios deportivos”, a excepción de los incluidos en los subapartados “2.1. Musculación” y “2.6. Otros servicios”, del Anexo de la Resolución de 18 de agosto de 2008, del Gerente del IMDER.

Tercero

Precios de la Residencia de Navacerrada

El apartado 3 del Anexo de la Resolución de 18 de agosto de 2008, del Gerente del IMDER, queda modificado conforme al contenido en el Anexo a la presente Resolución, que sustituye al anterior.

Cuarto

Vigencia

La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de noviembre de 2011, manteniéndose vigente, en lo que no queda afectado por la presente, la Resolución de 18 de agosto de 2008.

Quinto

Derogatoria

Queda derogada la Resolución de 29 de diciembre de 2010, del Director-Gerente del Organismo Autónomo instituto Madrileño del Deporte (IMDER), por la que se acuerda la publicación de la modificación de los precios que regirán en las instalaciones del IMDER.

Madrid, a 13 de octubre de 2011.—El Director-Gerente, PS (Resolución de 4 de julio de 2011, del Viceconsejero de Cultura y Deportes), el Viceconsejero de Cultura y Deportes, Francisco Javier Hernández Martínez.

ANEXO

3. Residencia de Navacerrada (IVA no incluido):

3.1. Alojamiento (persona y día)*: 30 euros.

3.2. Alojamiento (precio especial): Niños hasta trece años inclusive, personas de sesenta y cinco o más años, poseedores de Carné Joven de la Comunidad de Madrid, Familia Numerosa, personas con discapacidad (con minusvalía del 33 por 100 en adelante), víctimas del terrorismo, centros escolares, asociaciones juveniles y asociaciones deportivas (persona y día)*: 25 euros.

* No incluye servicio de comidas.

(03/35.100/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111024-6