Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
21-10-2011

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111021-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Notificación sanción

Doña Rosario Pérez García, concejala-delegada de Hacienda de este Ayuntamiento.

Hace saber: Que se procede a notificar a los interesados que se indican en la relación anexa las sanciones impuestas por los órganos competentes por cometer presuntamente una infracción de las tipificadas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial y Reglamento General de Circulación, por no haberse podido practicar la notificación personal.

Con esta notificación, que se fundamenta en lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se da conocimiento a los interesados para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo.

Lugar y forma de pago: en las entidades colaboradoras mediante carta de pago emitida por el Servicio de Recaudación, sito en calle Cañada, número 1, de Humanes de Madrid.

Plazos de pago: se deberá hacer efectivo el pago en el plazo de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de la resolución sancionadora que se producirá una vez transcurrido el plazo para interponer recurso de reposición sin haberse interpuesto o una vez que este sea desestimado.

Recursos: contra este acto, que es definitivo en vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante la autoridad competente en el plazo de un mes desde el día siguiente al de publicación de este edicto.

El recurso se entenderá desestimado si no ha sido resuelto en el plazo de un mes desde la fecha de interposición.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Contenciosos-Administrativos de la provincia de Madrid, o alternativamente cuando el domicilio de los interesados radique en otra provincia, ante los Juzgados Contenciosos-Administrativos con competencia territorial en la provincia de la localidad de residencia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de la desestimación, cuando esta sea formulada de forma expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que el referido recurso de reposición se haya de entender desestimado de forma presunta (Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

La falta de ingreso del importe de la sanción en el plazo indicado determina el inicio del procedimiento de apremio de las deudas.

En el supuesto de no formularse el recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer directamente el recurso administrativo será de dos meses (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de Jurisdicción Contencioso-Administrativa).



En Humanes de Madrid, a 14 de septiembre de 2011.—La concejala, Rosario Pérez García.

(02/8.268/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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