Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
18-10-2011

Sección 1.2.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111018-1

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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ORDEN de 5 de octubre de 2011, por la que se procede al nombramiento de nuevo vocal en la Junta Arbitral del Transporte de Viajeros de la Comunidad de Madrid.

La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, crea las Juntas Arbitrales del Transporte como instrumento de protección y defensa de las partes intervinientes en el transporte, estableciendo que deberán, en todo caso, formar parte de las Juntas representantes de las empresas de transporte y representantes de los cargadores y usuarios.

Mediante Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas, en relación con los transportes por carretera y por cable, se delegó en las Comunidades Autónomas en las que las mismas hayan de estar radicadas, las funciones que la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres atribuye a las Juntas Arbitrales del Transporte. A estos efectos, el funcionamiento de las referidas Juntas se realizará respetando la organización, funciones y régimen jurídico establecidos en dicha Ley y en sus normas de desarrollo.

Por su parte, el punto 3 del artículo 8 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece que una de las dos vocalías obligatorias será ocupada por un representante de los cargadores o de los usuarios, y el punto 4 establece que la otra será ocupada por el representante de las empresas de transporte o de actividades auxiliares o complementarias de este.

El Decreto Autonómico 42/1991, de 24 de mayo, modificado por el Decreto 18/2006, de 9 de febrero, por el que se constituyen las Juntas Arbitrales del Transporte de Madrid, recoge este mandato y dispone en el último párrafo de su artículo 4 que se nombrará un representante, entre otros, de las empresas de transporte público de viajeros, de las empresas de transporte urbano de viajeros en autobús y de las estaciones de autobuses, los cuales serán designados por la sección o secciones afectadas del Departamento de Transporte de Viajeros del Comité Madrileño de Transporte por Carretera.

Por último, el artículo 2 del citado Decreto, en la redacción dada por el Decreto 18/2006, de 9 de febrero, establece que el nombramiento de los vocales se efectuará mediante Orden de la Consejería con competencias en materia de transportes, a propuesta de la Dirección General de Transportes.

Por todo ello, a la vista de la propuesta realizada por la Federación Española Empresarial de Transportes de Viajeros (ASINTRA), así como del informe favorable emitido por el Comité Madrileño del Transporte por Carretera y de la propuesta del ilustrísimo señor Director General de Transportes, esta Consejería ha tenido a bien disponer lo siguiente:

— Nombrar nuevo vocal de la Junta Arbitral del Transporte de Viajeros de Madrid, en representación de las Empresas de Transporte Público de Viajeros, de las Empresas de Transporte Urbano de Viajeros y de las Estaciones de Autobuses a don Juan Adrián Borrego Valverde, en sustitución de don Juan Pablo González Fontán, a quien se cesa como vocal de la Junta Arbitral del Transporte de Viajeros.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Madrid, a 5 de octubre de 2011.

El Consejero de Transportes e Infraestructuras, ANTONIO BETETA BARREDA

(03/34.569/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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