Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
04-10-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111004-243

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SAN SEBASTIÁN NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

243
Ejecución 90 de 2011

Doña Ana Isabel Abancens Izcue, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Donostia-San Sebastián.

Hago saber: Que en autos número 300 de 2010, pieza de ejecución número 90 de 2011, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aritz Aristizábal Aguirre, don Íñigo Calvo Cía, don Aitor Gallardo Echániz, don Gorbel García Sagastizábal y doña Ioane Ruiz Escudero, contra la empresa “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, sobre demanda en reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

1. Se acuerda la ejecución definitiva de la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2010 solicitada por don Aritz Aristizábal Aguirre, don Íñigo Calvo Cía, don Aitor Gallardo Echániz, don Gorbel García Sagastizábal y doña Ioane Ruiz Escudero, parte ejecutante, frente a “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.

2. La ejecución se despacha por la cantidad de 3.416,60 euros de principal y 683,32 euros para intereses y costas, sin perjuicio de su ulterior liquidación.

3. Notifíquese esta resolución a las partes, a la representación legal de los trabajadores de la empresa deudora y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículos 250 y 23 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Modo de impugnarla por la ejecutada: mediante escrito formulando oposición a la ejecución, en el que se deberán expresar todos los motivos de impugnación (tanto los defectos procesales como las razones de fondo), que habrá de presentarse en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente el de su notificación (artículos 556 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Modo de impugnarla por los ejecutantes: contra esta resolución no cabe recurso alguno (artículo 551.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). No obstante, si los ejecutantes entienden denegada parcialmente la ejecución, podrán interponer recurso de reposición ante el magistrado-juez (artículo 552.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), mediante escrito presentado en la oficina de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 184.2 y 185.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 184.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en el grupo “Banesto” (“Banco Español de Crédito”), consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Donostia-San Sebastián, a 1 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.897/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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