Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
30-09-2011

Sección 1.3.115.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110930-15

Páginas: 28


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

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ORDEN 1372/2011, de 22 de agosto, por la que se aprueban los modelos de solicitud de autorización administrativa y de comunicación previa, relacionados con la actividad de los Centros de Servicios Sociales y los Servicios de Acción Social en la Comunidad de Madrid.

La Ley 11/2002, de 18 de diciembre, de Ordenación de la Actividad de los Centros y Servicios de Acción Social y de Mejora de la Calidad en la Prestación de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, regula entre otras materias, la actividad de prestación de servicios sociales, definiendo el procedimiento de autorización y registro de los centros y servicios.

La Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña, ha modificado sustancialmente el contenido de la citada Ley 11/2002, de 18 de diciembre, en este último aspecto, simplificando el procedimiento de autorización administrativa, reduciéndolo a una única fase e introduciendo y definiendo el concepto de comunicación previa, considerado como el acto por el cual una entidad puede iniciar un servicio de acción social sin necesidad de Resolución de Autorización previa por parte de la Administración.

En la comunicación previa se otorga una importancia esencial para el ejercicio de la actividad comunicada al documento de declaración responsable, regulado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación, inspección y control por parte de la Administración Pública.

La Orden 612/1990, de 6 de noviembre, de la Consejería de Integración Social, por la que se desarrolla el Decreto 91/1990, relativo al Régimen de Autorización de Servicios y Centros de Acción Social y Servicios Sociales, aprobó los modelos para que las entidades solicitaran la autorización para la prestación de servicios sociales mediante un Centro de Servicios Sociales o Servicio de Acción Social, en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.

Es por tanto necesario adaptar, actualizar y definir los modelos que permitan solicitar la autorización para la creación de Centros de Servicios Sociales así como efectuar las comunicaciones previas de puesta en marcha y traslado de Servicios de Acción Social y las de cambio de titularidad, modificación y por último, cese de la actividad de Centros de Servicios Sociales y Servicios de Acción Social.

De conformidad con lo anteriormente expuesto y a tenor de las facultades atribuidas por la Ley 11/2002, de 18 de diciembre, de Ordenación de la Actividad de los Centros y Servicios Sociales de Acción Social y de Mejora de Calidad en la Prestación de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Modelo de solicitud de autorización administrativa

Se aprueba el modelo normalizado de solicitud de autorización administrativa para la prestación de servicios sociales mediante la creación de un Centro de Servicios Sociales que se inserta como Anexo I a la presente Orden.

Artículo 2

Modelos de comunicaciones previas

Se aprueban los modelos normalizados de comunicación previa para poner en conocimiento de la Administración de la Comunidad de Madrid el inicio de la prestación de actividades sociales a través de un servicio, su traslado, así como la modificación, el cambio de titularidad o el cese de actividad de centros o servicios que se insertan como Anexos II, III y IV a la presente Orden.

Artículo 3

Modelos de memorias y certificaciones

Se aprueban los modelos normalizados de memoria explicativa de la actividad a desarrollar, memoria explicativa de la modificación y certificación emitida por técnico profesional competente que acredite que la instalación de las medidas de seguridad contra incendios cumple con la normativa vigente en la materia que resulte de aplicación, que se insertan como Anexos V, VI y VII a la presente Orden.

Estos documentos deberán acompañar a las solicitudes de autorización administrativa o a las comunicaciones previas cuando así lo prevean los correspondientes modelos aprobados en los artículos anteriores.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única

Derogación de Anexos y modelos

Queda derogado el Anexo II de la Orden 612/1990, de 6 de noviembre, de la Consejería de Integración Social, por la que se desarrolla el Decreto 91/1990, relativo al Régimen de Autorización de Servicios y Centros de Acción Social y Servicios Sociales.

Asimismo, queda derogado el modelo de “Certificación de cumplimiento de las medidas de protección contra incendios”, incorporado como Anexo a la Resolución 7571/1995, de 18 de abril, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Integración Social, por la que se aprueban los modelos de certificación de cumplimiento de las medidas de protección contra incendios, a la que hace referencia la Orden 778/1995, de 17 de abril.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de agosto de 2011.

El Consejero de Asuntos Sociales, SALVADOR VICTORIA BOLÍVAR





















































(03/31.372/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.115.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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