Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 227

Fecha del Boletín 
24-09-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110924-19

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

19
Demanda 332 de 2011

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 332 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Naranjo Varela, doña Ana María Martínez Jiménez, don José Alberto Gil Garrido, don Mariano Lorenzo García y don Manuel Vilches Fernández, contra la empresa “Nor Mirasierra, Sociedad Limitada”, y don José María Lamo de Espinosa Michels de Champourcin, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 18 de mayo de 2011.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que en el día de la fecha ha tenido entrada en este Juzgado de lo social, el anterior escrito que se une a estos autos. Don José Luis Naranjo Varela, doña Ana María Martínez Jiménez, don José Alberto Gil Garrido, don Mariano Lorenzo García, don Manuel Vilches Fernández, “Nor Mirasierra, Sociedad Limitada”, don José María Lamo de Espinosa Michels de Champourcin, Fondo de Garantía Salarial.—Doy fe.

Decreto.—En Madrid, a 18 de octubre de 2011.

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por subsanada la demanda presentada por la parte actora y en su conformidad se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de juicio, en única convocatoria, la audiencia del 18 de octubre de 2011, a las nueve y cincuenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, Sala del Juzgado número 1, 28008 Madrid, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Habiéndose solicitado las pruebas referentes en escrito de demanda cuya copia se adjunta, se requiere a la parte demandada, a fin de que aporte la documental solicitada, y expídanse las correspondientes cédulas de citación a las partes, sin perjuicio de la admisión de los medios de prueba que tendrá lugar en el acto del juicio.

Notifíquese esta resolución a las partes, todo ello de conformidad con los artículos 55 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Modo de impugnarlo: mediante recurso de reposición ante la secretaria judicial actuante dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda según el artículo 184 Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este decreto, lo acuerdo, mando y firmo.—La secretaria, Rosario Barrio Pelegrini.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Nor Mirasierra, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.383/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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