Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
21-09-2011

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110921-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

53
Modificación ordenanza fiscal

1. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16 y 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda, con carácter provisional, la aprobación de la ordenanza reguladora del precio público para la prestación del servicio de publicidad en los boletines informativos y de difusión municipales, que ha sido aprobada, inicialmente, por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 12 de septiembre de 2011.

2. De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el presente acuerdo provisional, junto con la redacción de la ordenanza modificada se expondrán al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dicha exposición al público se anunciará además en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, comenzando a contar su plazo a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del correspondiente anuncio y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid.

4. En caso de que no se presenten reclamaciones dentro de plazo el acuerdo provisional se entenderá definitivamente aprobado.

Torrejón de Ardoz, a 16 de septiembre de 2011.—El concejal-delegado de Empleo, Hacienda y Universidad (decreto de Alcaldía de 15 de junio de 2011), Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/31.022/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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